Si tienes más de 1.221 € en el banco, Hacienda podrá meter mano en cualquier momento, según la Justicia
El Tribunal Económico-Administrativo Central ofrece una nueva interpretación de todos los saldos que exceden el mínimo protegido por ley. Hacienda tendrá ahora una mayor capacidad para saldar deudas de aquellos contribuyentes que tengan un euro más del SMI ahorrado en su cuenta.
En España, el Salario Mínimo Interprofesional está fijado en 1.221 € mensuales en 14 pagas. Así lo anunció el Ministerio de Trabajo el pasado 30 de enero, incrementando las rentas de los trabajadores para tratar de adecuarlas al nivel de vida actual. Es importante recordar bien esta cantidad, puesto que también es el límite de dinero que, en caso de encontrarnos en una situación de embargo, Hacienda no puede tocar. Es decir, es un dineroque está blindado, al considerarse que es el mínimo que necesita una persona para poder cumplir con todas sus obligaciones en el día a día.
Hacienda acaba de cambiar por completo la interpretación que tenía sobre el dinero que considera protegido y a salvo de embargos en el caso de tener cualquier tipo de deuda con la Administración. El Tribunal Económico-Administrativo Central ha unificado la doctrina que permite al organismo tributario quitar el dinero de las cuentas de aquellas personas que deben dinero a la administración y tienen una renta igual o mínimamente superior al SMI.
Las operaciones en cajeros automáticos siguen siendo fundamentales para la gestión de efectivo en zonas de tránsito.
Hacienda podrá meter mano en tu cuenta
Hasta ahora, cuando el titular dela cuenta bancaria tenía poco dinero en la cuenta, los tribunales estimaban que el saldo era intocable, al ser necesario para cubrir las pequeñas emergencias que pueden surgir en el día a día. Una medida que se mantenía incluso cuando la cantidad superaba el SMI, y que impedía a Hacienda acceder a estas cuentas. Ahora, la resolución del TEAC cambia por completo el paradigma.
A partir de ahora, las personas que cobran una renta igual o cercana al SMI y que, además, tienen algún ingreso secundario (como la ayuda de un familiar o un Bizum de un amigo), estarán expuestas a ver cómo sus cuentas se vacían una vez superan el SMI. La nueva interpretación de la ley considera que lo primero que un usuario emplea cuando compra cualquier producto es el salario de la nómina. Por lo tanto, todo lo que esté en el banco y que exceda de la cantidad que hemos mencionado, aunque el excedente sea mínimo, se podrá confiscar, puesto que su origen no se encuentra en la nómina.
Hasta ahora, la Justicia consideraba quesi concluía el mes y se tenía algo de saldo, aunque fuera poco, se protegía automáticamente. Ahora, el foco cambia por completo y ya no se tiene en cuenta la cantidad de dinero, sino el origen: si llega de la nómina o pensión, se protege. Si llega de un Bizum, se puede embargar.
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