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  "publishedAt": "2026-04-17T12:03:26.000Z",
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    "plazo para hacer la Renta 2026",
    "datos personales y fiscales"
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  "textContent": "\n\n\nHacienda ya ha abierto el plazo para hacer la Renta 2026, correspondiente al año 2025. Por delante, casi tres meses en los que debemos acceder al borrador y realizar las modificaciones pertinentes. Pero, ¿qué ocurre cuando el resultado es a pagar y no tenemos la liquidez suficiente? Te contamos todas las alternativas.\n\nDesde **el pasado 8 de abril,** los contribuyentes españoles tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta 2026. El modelo tributario en el que debemos introducir todos nuestros datos personales y fiscales para que se lleve a cabo **el cálculo del IRPF** que hemos pagado y el que deberíamos haber abonado en función de nuestros ingresos. Pese a que la campaña dura hasta **el próximo 30 de junio,** muchos españoles ya están confirmando los borradores para agilizar todo lo posible el trámite.\n\nCuando la presentamos, tenemos tres posibles resultados: a ingresar, resultado cero o a pagar. En este último caso, debemos abonar**la cuenta pendiente el 1 de julio** o, de lo contrario, podríamos incurrir en un impago, con los correspondientes intereses de demora. Pero, ¿qué ocurre si tenemos que pagar y no tenemos liquidez? En contra de la creencia general, todavía tenemos tres opciones que podemos utilizar y que nos permiten tener un extra de flexibilidad.\n\nImagen de la app de la Renta / Fuente: ADSLZone\n\n## El fraccionamiento del pago\n\nLa opción más sencilla suele ser la más efectiva: se trata**del fraccionamiento de pago** que nos ofrece la Agencia Tributaria. Al contrario de lo que ocurre con otros fraccionamientos, en este caso no tenemos muchas opciones para escoger el método que mejor nos pueda funcionar. La AEAT establece un máximo de dos plazos: uno que se abona en el mes de julio y otro en el mes de noviembre.\n\nEl importe tampoco se distribuye por igual en ambos. En el primer plazo, en julio, tenemos que abonar el**60% de la cantidad** que tenemos que pagar. En el segundo plazo, el de noviembre, deberemos abonar **el 40% restante.** La parte positiva es que el fraccionamiento se aprueba en el momento en el que se confirma la Renta y, por lo tanto, no tenemos que esperar ninguna respuesta por parte del organismo.\n\n## El aplazamiento de pago\n\nPero, ¿y si no tienes liquidez **para el primer pago?** No te preocupes, en este caso también existen diferentes opciones, como es el aplazamiento de pago. La principal limitación es que no se aprueba automáticamente, sino que deberemos aportar la documentación necesaria que argumente que, efectivamente, no tenemos recursos para llevar a cabo dicho pago.\n\nPodemos escoger**el número de mensualidades** que queremos aplazar el pago, teniendo en cuenta que el montante total se incrementará con respecto al resultado inicial, puesto que contamos con unos intereses de demora del 3,75% para este año, de acuerdo a la información que aparece en los últimos Presupuestos Generales del Estado.",
  "title": "Si la Renta te sale a pagar y no tienes dinero, tienes estas 3 opciones para evitar problemas"
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