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La guardería, el médico y otros gastos que no sabías que puedes deducirte en la Renta y que el borrador no incluye

ADSLZone: noticias y tutoriales sobre tecnología, internet y op… March 25, 2026
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El próximo 8 de abril comienza la campaña de la Renta 2026 y, con ella, se inicia uno de los periodos más estresantes para los contribuyentes. En este periodo es muy importante comenzar a registrar todas las deducciones a las que tenemos derecho, puesto que algunas de ellas pasan desapercibidas y pueden ayudarnos a rebajar nuestra factura fiscal.

Apenas queda algo más de una semana para que la campaña de la Renta 2026 comience. Por delante, casi tres meses en los que todos los contribuyentes que cumplimos con una serie de requisitos rindamos cuentas con el fisco y regularicemos nuestro IRPF. En función de si hemos pagado de más o de menos durante el año 2025, el resultado de la declaración variará. Sin embargo, lo que nunca varía año tras año es la importancia que tiene estar al tanto de todas las deducciones, tanto nacionales como locales, para que podamos ahorrarnos un extra de dinero.

Muchos de nosotros sabemos que las hipotecasfirmadas antes del año 2013 desgravan en la Renta o que el gimnasio en ciertas comunidades también lo hace. Sin embargo, no siempre somos conscientes de que gastos como la guardería, las cuotas sindicales o el dinero que hemos gastado en defensa jurídica también pueden hacernos ahorrar un extra de dinero. Te contamos cuáles son las deducciones no tan conocidas que también debes tener en cuenta.

Una tablet con la Renta / Fuente: ADSLZone

Donativos a ONGs

Comenzamos con los donativos a las ONGs o a cualquier otra fundación que reúna los requisitos necesarios. Si hemos donadodurante al año 2025, podremos deducirnos hasta un 80% sobre los primeros 250 euros donados. Una vez superamos esta cantidad, el porcentaje de deducción se reduce hasta el 40%, aunque existe una excepción que puede ser muy interesante. Si donas a la misma entidad durante, al menos, 3 años, vas a poder elevar esta deducción hasta alcanzar el 45%.

En el momento en el que realices la Renta, deberás introducir esta información. No obstante, deberás tener en cuenta que es necesario contar con el certificado que te emita la entidad en cuestión. De lo contrario, podrías tener problemas cuando Hacienda te solicite más información sobre la deducción.

Gastos en defensa jurídica

Una tablet con la página web de Hacienda / Fuente: ADSLZone

¿Has tenido algún problema con la empresa para la que trabajas o trabajabas y te has visto en la obligación de tener que contratar un abogado? Si este es tu caso, puedes introducir estos importes en tu Renta y el gasto te desgravará. Para ello, dicho gasto debe estar relacionado con un procedimiento de despido, reclamación salarial o cualquier conflicto entre el trabajador y el empleador.

La máxima cantidad de dinero que te vas a deducir es de 300 € el año y, como es habitual, deberás acreditar el gasto para que se te acepte dicha deducción. Por lo tanto, es importante que solicites las facturas pertinentes para evitar sustos con la Administración a posteriori.

Cuotas sindicales

Una tablet con la web de Hacienda para hacer la Renta / Fuente: ADSLZone

Las cuotas sindicales se entienden como un gasto vinculado a los rendimientos por trabajo y, como tal, son desgravables. Lo normal es que aparezcan ya en la Renta cuando introducimos nuestros datos, sin embargo, puede ocurrir que no sea así. En cualquier caso, lo mejor que podemos hacer es comprobarlo para que, en el caso de que no estén, introduzcamos los importes pendientes.

Además de las cuotas sindicales, si estás colegiado en algún colegio profesional, este gasto también se puede deducir. El máximo deducible es de 500 € y la deducción obedece a que en algunas profesiones es necesario realizar la misma para poder trabajar, por lo que podremos introducir el importe abonado en nuestra Renta.

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