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"publishedAt": "2026-06-01T12:27:15.000Z",
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"textContent": "Un juzgado de Barcelona ha ordenado la venta de una vivienda heredada en la que se había instalado uno de sus copropietarios sin abonar renta alguna a los tres restantes. Así, la magistrada de la plaza 56 de la Sección Civil ha declarado la extinción del condominio y condenado al citado heredero a indemnizar a los demás con 600 euros mensuales por su uso exclusivo del inmueble desde febrero de 2024, habiendo privado al resto de su uso y disfrute. Se trata de un piso en Ciudad Meridiana, que era propiedad de un matrimonio. Tras su fallecimiento, la herencia estableció que dos de sus hijos, así como las dos hijas de un tercer hermano, se quedasen con la propiedad, de 50 metros cuadrados y sin ascensor. La disputa comenzó cuando uno de ellos, que se había instalado tiempo atrás con sus progenitores para cuidarlos, se quedó residiendo allí sin abonar renta alguna a sus familiares.Según este hermano, habrían alcanzado entre todos ellos un acuerdo verbal para ello por su «delicada salud». Sus familiares lo niegan y por eso recurrieron a la vía legal. Su letrada Alba Sánchez Jiménez, de Toro Abogados, explica que, lejos de ese consentimiento, «les privaron de las llaves para tener acceso a la vivienda, impidiendo cualquier gestión de arrendamiento o venta del inmueble». Primero, antes de llegar a los tribunales, trataron de alcanzar un acuerdo verbal. Al no fructificar, en febrero de 2024 le remitieron un burofax en el que no sólo le manifestaban que no estaban de acuerdo con esa situación, sino que le informaban de su intención de extinguir el condominio, es decir: poner fin a la propiedad compartida. Al no haber respuesta, se abrió la vía judicial, y desde Toro Abogados alegaron que «todos los litigantes son copropietarios por título hereditario y que la comunidad no puede mantenerse contra la voluntad de quienes desean extinguirla». También, como finalmente la juez ha otorgado, reclamaron, en concepto de indemnización, la cantidad por el uso exclusivo del inmueble: esos 600 euros mensuales. Por su parte, el hermano que se había instalado en el piso, había pedido tiempo y comprensión por sus circunstancias. Considera también que la cantidad que le reclaman sus hermanos es desorbitada, y por eso pidió que la juez tuviese en cuenta los gastos de conservación que él sufragó durante años.Ahora, en su fallo, al que ha tenido acceso este diario, la magistrada indica que, «si bien el piso estaba ocupado por el demandando y los otros no lo podían disfrutar, no hay datos que confirmen que les impedía la entrad o entrega de llaves». Sí considera, habiendo escuchado al resto de herederos, que estos no disfrutaron del compartido ni de «un rendimiento económico proporcional»y por ello ha estimado de forma parcial su petición y declara así la extinción del condominio de la vivienda.",
"title": "Una juez ordena vender un piso heredado en el que se instaló uno de los copropietarios sin pagar alquiler a los otros"
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