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Las empresas deben compensar los festivos que caigan en sábado

ABC - Últimas noticias de España y el mundo hoy [Unofficial] May 23, 2026
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La Audiencia Nacional ha fijado que los festivos que coincidan con el descanso semanal en sábado tienen que ser compensados y dan derecho a disfrutar de un día adicional de descanso. El fallo, contra el que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, da respuesta a un conflicto de varios sindicatos (USO, UGT, CC.OO. y CGT) y la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), la patronal de los centros de atención al cliente y, según las centrales, allana el camino para que se aplique en otros sectores.La sentencia declara como «no ajustada a derecho» la práctica generalizada de las empresas del sector de 'contact center' de no compensar los días festivos laborales «cuando la prestación de servicios efectiva se produce de lunes a viernes o de lunes a sábado y el festivo coincide con sábado, estando ahí fijado su descanso semanal». Declara el tribunal el derecho de los trabajadores a que los días festivos laborales « no sean absorbidos ni neutralizados por el descanso semanal», reconociendo de esta forma la obligación empresarial de conceder un día adicional de descanso efectivo cuando exista solapamiento entre el festivo (nacional, autonómico o local) y el día de libranza. La compensación, según el tribunal, tendrá que disfrutarse en un periodo no superior a 14 días y que las empresas están obligadas a compensar estos festivos no disfrutados con efectos retroactivos desde el período no prescrito. «Ninguna persona trabajadora debe perder festivos por la forma en que la empresa organiza el calendario«, sostiene el fallo.Los sindicatos demandantes entienden que el fallo afecta a todos los sectores. Para USO , la resolución «consolida de forma generalizada la doctrina judicial que impide que las empresas hagan desaparecer festivos mediante los cuadrantes de trabajo». «Los catorce festivos anuales deben disfrutarse plenamente por todas las personas trabajadoras, independiente de su jornada habitual», afirma la central. «Ahora sí, tras la confusión de sentencias anteriores, será un derecho extendido a todas las personas trabajadoras, sin solapamientos ni recortes », añade.Noticia relacionada general No No Caos en las oposiciones: miles de funcionarios sin plaza y cobrando un sueldo por estar en casa Susana AlcelayEn la misma línea, UGT entiende que la resolución tiene «un gran impacto en todas las empresas en las que se trabaje de lunes a viernes y se descanse los sábados y domingos; debiendo compensarse los festivos coincidentes en sábado con otro día de descanso». Para Comisiones Obreras el fallo se circunscribe al sector del 'contact center' y, por tanto, sus efectos se limitan a las empresas de este ámbito, pero avisa que «puede tener alcance más allá de este sector y servir para revisar situaciones similares en otros ámbitos de actividad, especialmente cuando los festivos coinciden con días de libranza sin compensación efectiva».El 30 de abril de 2025 el Tribunal Supremo ya dictó una sentencia en la que fijó los criterios sobre el solapamiento del descanso semanal con un festivo, pero sin especificar nada respecto a los sábados. En aquel fallo, el Alto Tribunal declaraba que los trabajadores con jornada de lunes a domingo, con el descanso semanal establecido en día fijo entre el lunes y el viernes, tienen derecho a que cuando el descaso coincide con un festivo laboral, les sea compensado y puedan disfrutar de otro día de descanso por ese día de fiesta.

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