External Publication
Visit Post

La Audiencia Nacional paraliza la declaración de Sol como Lugar de Memoria Democrática

ABC - Últimas noticias de España y el mundo hoy [Unofficial] May 18, 2026
Source
Segundo tanto judicial que se apunta el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso. La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha acordado la suspensión cautelar del Acuerdo de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, de 20 de octubre de 2025, por el que se declara Lugar de Memoria Democrática la sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, ubicada en la Puerta del Sol, donde antiguamente estaba instalada la Dirección General de Seguridad. En un auto, que cuenta con el voto particular de un magistrado, la Sección Primera estima el recurso presentado por el Letrado de la Comunidad de Madrid que solicitaba suspender el acuerdo porque suponía un daño en su imagen institucional.Esta resolución llega después de que el Tribunal Constitucional acordase mantener la ley de Ayuso que impide señalar el pasado franquista de Sol. El Alto Tribunal levantó el pasado julio la suspensión del precepto relativo a distintivos, placas y homenajes en la Real Casa de Correos y que fue impugnado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez por chocar con su ley de Memoria Democrática.Ahora, es otro tribunal, la Audiencia Nacional, quien ha respaldado la medida cautelar pedida por Madrid. «No puede afirmarse de forma categórica que la imagen de la sede de la Presidencia de la Comunidad pueda sufrir un menoscabo irreversible, pero sí puede afirmase que no es posible negar de forma categórica dicha incidencia negativa». Desde esta perspectiva, afirma el Tribunal, «toda vez que cabe la hipótesis de que se genere un efecto adverso en la imagen institucional de la CAM, la medida cautelar solicitada se evidencia como pertinente».A lo anterior se suma, apunta el auto, que la declaración de Lugar de Memoria Democrática puede afectar en una medida más o menos intensa a las actividades que se desarrollan en él. «Dichas actividades exceden de lo que el Acuerdo impugnado denomina «oficinas administrativas» (SIC) obviando la ubicación, precisamente en ese espacio, de la Sede de la presidencia de la CAM». La Sala añade que la confluencia en el mismo espacio físico de intereses tan intensos y, a la par, contrapuestos, aconseja también desde este punto de vista la adopción de la medida cautelar, pues podría verse menoscabada la finalidad legítima del recurso.Noticia relacionada No No La Academia de la Historia liga la Real Casa de Correos a la Ilustración y deja en evidencia al Gobierno Mariano CallejaLa Audiencia recuerda que la declaración de Lugar de Memoria Democrática implica la colocación de placas, paneles o «distintivo memorial interpretativo», así como «señalización» de dicho espacio en el que se pretende, además, integrar «este lugar de memoria en los circuitos internacionales». A lo anterior se añade, señalan los jueces, que no se altera el uso actual del edificio, pero a la vez se afirma «que cualquier uso que se dé al bien habrá de ser compatible con las medidas propuestas de preservación de la memoria…».Por otro lado, a juicio de los magistrados, no se produce una perturbación grave de los intereses generales por el hecho de suspender los efectos del Acuerdo durante el tiempo que tarde la tramitación del procedimiento. «Nos encontramos -advierte- con dos intereses públicos en conflicto, el que defiende la Administración General de Estado y el que defiende la Comunidad Autónoma de Madrid, si bien tiene especial intensidad el interés que defiende la Comunidad Autónoma, por el posible perjuicio irreversible, o intenso, que supone la ejecución del acuerdo impugnado».En este conflicto de intereses, la Sala señala que el interés público que pretende proteger el Acuerdo impugnado no sufre perjuicio significativo por el hecho de demorar su efectividad. «Con ello queremos poner de relieve, en definitiva, que el transcurso del tiempo no perjudica la finalidad del Acuerdo. Por el contrario, la efectividad de dicho acuerdo sí puede provocar un perjuicio difícilmente reversible a la Comunidad de Madrid, en los términos expuestos», concluye.Por último, recuerda que este procedimiento está pendiente del conflicto positivo de competencias que se tramita en el Tribunal Constitucional, lo que también avala la suspensión que solicita la Comunidad Autónoma de Madrid. «Baste resaltar a estos efectos -añade- que la decisión que pueda adoptarse por el TC tiene especial incidencia en el presente procedimiento, lo que permite afirmar que la suspensión de los efectos del Acuerdo recurrido es, sin género de duda procedente -aparte los razonamientos anteriores- que son, de todo punto, concluyentes».Voto particularEn un voto particular, uno de los magistrados de la Sala no comparte el criterio de la mayoría en relación con la afectación negativa a la imagen institucional de la CAM por la declaración del edificio como lugar de Memoria Democrática y recuerda que los hechos históricos que motivan la declaración tuvieron lugar cuando esta institución, tributaria del actual régimen democrático, no existía ni se podía siquiera imaginar que existiese. «Al recordar hechos negativos de la historia de España no se persigue desmerecer otros valores que puedan estar presentes en el lugar, como los histórico-artísticos resaltados por los académicos, por los que el edificio pueda incluso ser más conocido por los estudiosos y público en general, ni hacer un juicio de desvalor de la acción de gobierno de las instituciones autonómicas».Para este magistrado, «la interrupción de las medidas para potenciar la memoria democrática y el retraso consiguiente en el despliegue de la acción de reparación, sí perjudica la finalidad perseguida por el acto impugnado, en el marco descrito en la Ley 20/2022, transmitiendo a las víctimas sensaciones de desazón e incredulidad, y proyectando una imagen negativa ante las instancias internacionales sobre la autenticidad del compromiso de España de proteger la memoria democrática y de su propósito de superación de los episodios oscuros de su pasado».Aplauso de la Comunidad de MadridLa Comunidad de Madrid ha celebrado que la Audiencia Nacional haya decidido suspender la declaración de la Real Casa de Correos, sede del Gobierno regional, como Lugar de Memoria Democrática. «Es un fallo contra el sectarismo del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez», han subrayado.«Frente al sectarismo del Gobierno de Pedro Sánchez. Los tribunales han dado la razón a la Comunidad de Madrid en su defensa de la Real Casa de Correos como espacio de libertad y como casa común de todos los madrileños y de todos los españoles», ha subrayado el consejero de Presidencia, Justicia, y Administración Local y portavoz del Gobierno, Miguel Ángel García Martín.El 28 de octubre de 2025 el Gobierno regional presentó el recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional ante el intento del Gobierno de Sánchez de declarar la Real Casa de Correos como lugar de Memoria Democrática. La Comunidad de Madrid entiende que se trata de un edificio que tiene 250 años de historia y está completamente resignificado desde que se decidió hace 40 años que esa sede fuera la sede institucional de la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Discussion in the ATmosphere

Loading comments...