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El Supremo falla que los interinos solo pueden pasar a fijos tras una oposición

ABC - Últimas noticias de España y el mundo hoy [Unofficial] May 12, 2026
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El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha hecho pública este martes una sentencia en la que rechaza que los empleados públicos que han sufrido encadenamiento abusivo de contratos temporales pasen a fijos como medida reparadora de su situación laboral abusiva. «La contratación temporal de personal laboral por parte de las Administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público y se impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos», asegura el fallo del Alto Tribunaol.El pronunciamiento se produce «de conformidad con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)», al que el Alto Tribunal había planteado sus dudas sobre si la ley española sancionaba suficientemente los abusos en la contratación temporal de los empleados públicos. No obstante, el Supremo sí establece una excepción clave para aquellos que sí han superado un proceso selectivo pero no hayan obtenido plaza y han tenido contratos temporales bajo un uso «fraudulento» de la temporalidad. Para los afectodos el TS respalda la fijeza contractual como compensación.Para el Supremo las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar la eficacia del acuerdo marco europeo sobre el trabajo de duración determinada consisten en el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la remisión del testimonio de la sentencia, en la que se constate que se ha producido ese abuso contractual, a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador. Noticia relacionada general No No El empleo en el sector público se dispara un 20% desde 2019, el doble que en el privado Xavier VilaltellaEl pasado 14 de abril el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio respuesta a las dudas planteadas por el Tribunal Supremo sobre si la legislación española abusa del contrato temporal y determinó que España no sanciona «debidamente» estos abusos ni tampoco resarce adecuadamente a los afectados. Según el TJUE, las indemnizaciones por extinción, tasadas en 20 o 33 días por año no son suficientes; entiende que el hecho de que estén sujetas a un tope, impide una reparación íntegra y adecuada de los daños, además de que no tendrían un efecto disuasorio real para la administración. Recordó que estas indemnizaciones solo se pagan si el contrato se extingue, lo que deja fuera a casos, por ejemplo, de jubilación.La respuesta del Supremo a esta crítica del TJUE ha sido que las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar que España cumpla con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada «son el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados en la citada sentencia del TJUE y la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador».Un millón de afectadosMás de un millón de trabajadores llevan muchos meses esperando el pronunciamiento de la Justicia, ahora del Supremo, sobre sus condiciones laborales y la fijeza o no de sus contratos en el sector público, en el que uno de cada tres sufre temporalidad en sus trabajos (32%), con encadenamiento de contratos durante años, décadas e incluso durante toda su vida laboral. El compromiso de recortar la temporalidad desbocada en el sector público viene de lejos, pero los incumplimientos reiterados abocan a España a multas millonarias tras años de avisos de las autoridades comunitarias sin atender. En 2021 el Gobierno impulsó por la vía exprés un plan de choque para reducir la temporalidad, entonces ya en el 30%, para situarla en el 8% a final de 2024, y este compromiso se incluyó en el Plan de Recuperación pactado con Bruselas. «Vamos a acabar con la excesiva temporalidad en el sector público», dijo entonces la exministra de Hacienda, María Jesús Montero, justificando la puesta en marcha de la ley de estabilización de las plantillas en el hecho de que «no es de recibo que quien ejerce un trabajo estructural en la Administración lo haga como temporal». El problema no se ha solucionado y la tasa pública dobla la del sector privado.

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