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"publishedAt": "2026-05-11T14:32:00.000Z",
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"únicamente a las personas con nacionalidad española",
"10 años de residencia",
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"dos pruebas en el Instituto Cervantes",
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"textContent": "La regularización **no concede automáticamente el derecho a voto**. La participación en las **elecciones generales y autonómicas** está reservada**** únicamente a las personas con nacionalidad española. **La nacionalidad no se consigue con la regularización** , sino que es necesario acreditar, al menos, 10 años de residencia**“legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición”** como norma general y **dos años** para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí. También hay que realizar dos pruebas en el Instituto Cervantes, además de cumplir otros requisitos.\n\n\n\n\nEn el caso de las elecciones municipales, las**personas a las que se les conceda la regularización anunciada por el Gobierno podrán votar** si hay un acuerdo de reciprocidad con su país de origen y reúnen los requisitos establecidos en dicho acuerdo, **como cumplir con un período mínimo de residencia legal***. Actualmente, las personas extranjeras de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago pueden votar en las elecciones municipales tras **cinco años de residencia** en España (tres en el caso de Reino Unido y Noruega), **además de los ciudadanos de la Unión Europea**.\n\n\n\n\nAsí,**las personas migrantes regularizadas no podrán votar, por tiempos, en ninguna de las elecciones de 2027**.\n\n\nPor último, en las elecciones europeas tienen derecho a voto los **ciudadanos de algún estado miembro de la Unión Europea** residiendo en España y las **personas con nacionalidad española** , por lo tanto, las personas regularizadas este año no podrían votar en las próximas elecciones europeas, previstas para 2029, a menos que obtuviesen la nacionalidad española.\n\n\n\n\nTe contamos todos los detalles acerca de la regularización extraordinaria aquí.\n\n\n*_El 30/01/26 se ha añadido que las personas regularizadas solo podrán votar en las elecciones municipales si cumplen con los requisitos de residencia mínima en España. Además, se ha modificado el titular añadiendo este matiz. También se ha añadido que_****_las personas migrantes regularizadas no podrán votar, por tiempos, en ninguna de las elecciones de 2027._",
"title": "La regularización de personas inmigrantes y el derecho a voto en las \"próximas elecciones\": por tiempos no podrían votar en ninguna de las elecciones de 2027*"
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