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"publishedAt": "2026-04-30T14:12:00.000Z",
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"936,20 euros mensuales",
"Maldita.es",
"628,20 euros como máximo",
"exigen residir legalmente en España",
"dado de alta en la Seguridad Social y cotizar",
"incapacidad",
"determinado",
"se exige",
"820.660 personas extranjeras mayores de 60 años",
"10% procede de algún país de África"
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"textContent": "Los datos a los que hace referencia el vídeo sobre la **cuantía** de las pensiones también están desactualizados: en **2026** la **pensión contributiva mínima** que cobra un trabajador con **65 años** que cumpla con los requisitos de cotización y límite de ingresos es de 936,20 euros mensuales, lo que equivale 13.106,80 euros anuales. En **2022** , cuando comenzó a circular este vídeo, **la pensión mínima era de 721 euros mensuales** , prácticamente la misma cantidad que se menciona en él, como contó entonces **María Pilar Diez** , abogada laboralista, a __ Maldita.es.\n\nRespecto a la **cuantía** de la **pensión no contributiva** , en **2026** es de 628,20 euros como máximo**** para un único beneficiario, aunque esta cantidad varía en función de los ingresos y el número de integrantes de la unidad de convivencia. En **2022** , cuando se difundió el vídeo, esta cantidad no alcanzaba los **500 euros mensuales**. Tanto la pensión de jubilación contributiva como la no contributiva exigen residir legalmente en España durante todo el periodo que dure el cobro de la prestación.\n\nEn el vídeo también se menciona que las personas migrantes que, supuestamente, cobran una pensión con solo dos años cotizados **acceden a un puesto de trabajo “comprando un contrato”**. Sin embargo, sea o no cierta esta práctica, **María Pilar Diez** explica a Maldita.es que **para que ese trabajo compute a efectos de la jubilación** , el trabajador debe estar dado de alta en la Seguridad Social y cotizar, para lo que se necesita una autorización de residencia y trabajo en España. “Sin ese permiso de trabajo, **esas cotizaciones no serían válidas** ”, añade.\n\nOtra de las pensiones mencionadas en el vídeo son las de incapacidad. Se afirma, sin pruebas, que se está produciendo una “invasión” de personas migrantes de más de 60 años a las que se les ha reconocido un grado de incapacidad en origen, sin el rigor adecuado, por el que cobran una pensión en España. Sin embargo, para poder **acceder a este tipo de pensión** , el “**grado de minusvalía o enfermedad crónica** ” debe ser determinado por las **Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Servicios Sociales o los órganos competentes de las comunidades autónomas** , por lo que **no basta con un informe del país de origen**. Además, se exige **residir legalmente en España** y haberlo hecho durante, al menos, **cinco años** , dos de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud, además de no superar el límite anual de ingresos, que en **2026** es de **8.803,20 euros anuales**.\n\nEn cuanto a la **población extranjera que reside en España** , el vídeo menciona que están llegando masivamente personas de más de 60 años procedentes de Argentina, México, Uruguay o Marruecos, entre otros países. Según los últimos datos del INE, a 1 de enero de 2025, de las 820.660 personas extranjeras mayores de 60 años residentes en España, el 10% procede de algún país de África y casi el **19% de América Latina**.",
"title": "No, una persona inmigrante no se puede jubilar con la pensión de 720 euros al mes habiendo trabajado y residido solo dos años en España"
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