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Es falso que todos los jubilados y pensionistas tengan que presentar un certificado de supervivencia antes del 31 de marzo para seguir cobrando la pensión: sólo afecta a los que residen en el extrajero

Portada · Maldita.es [Unofficial] March 24, 2026
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Si eres pensionista y resides en el extranjero , te explicamos la información esencial para su gestión.

  • El trámite consiste enacreditar una de fe vida emitida por la autoridadcompetente del país en el que se resida para así continuar percibiendo la pensión que se tuviese reconocida.

  • El primer plazo para presentar este documento comenzó el 1 de enero de 2026 y terminará el próximo 31 de marzo. El segundo plazo irá del 1 al 30 de septiembre de 2026.

  • El trámite se puede llevar a cabo de forma presencial en los consulados generales de España en el país en el que residan, mediante la comparecencia in situ o telemática en las consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social que hay en el extranjero, a través de la aplicación VIVESS o mediante firma electrónica.

  • No acreditarlo en el plazo indicado puede suponer la suspensión de la pensión hasta que no se realice el trámite por alguna de las vías señaladas.

  • El departamento de comunicación de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social indica a Maldita.es que a partir de 2027 se hará en tres ocasiones : en enero, mayo y septiembre de 2027.

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