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  "textContent": "## Aunque la petición de indulto a Tejero fue avalada por el Tribunal Supremo, el Gobierno no se lo concedió\n\nEl 15 de septiembre de 1993 El País publicaba que “la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo se pronunció ayer -por cinco votos a favor y tres en contra- a favor del indulto al ex teniente coronel golpista Antonio Tejero Molina, pese a reconocer que no existen razones de justicia que hagan necesaria la medida y admitir que Tejero es reincidente y no está arrepentido”.\n\nEn la página web del Congreso de los Diputados se explica que el **17 de septiembre de 1993** “**el Consejo de Ministros deniega el indulto al ex-teniente coronel Antonio Tejero, aunque le concede la libertad al permitir su paso al tercer grado penitenciario y al régimen abierto”**.\n\nPágina web del Congreso de los Diputados.\n\nEsto mismo también lo publicó El País al día siguiente. Este diario explicaba:“Tejero ha conseguido el régimen abierto tras haber recurrido al Tribunal Supremo frente al acuerdo adoptado por el coronel director de la prisión de Alcalá de Henares” y que \"el Consejo de Ministros celebrado ayer se opuso a la concesión del indulto al ex militar condenado por el golpe del 23F\". Como ya os contamos en _Maldita.es_ , el ex teniente coronel cumplió la mitad de los 30 años de cárcel a los que fue condenado y fue **en 1996 cuando obtuvo la libertad condicional**.\n\n## El indulto a alguien se puede solicitar al Gobierno a través de una petición a Justicia\n\nPara que alguien sea indultado, tanto él como otra persona **puede pedirlo al Gobierno** mediante una solicitud disponible en la página web del Ministerio de Justicia, que se puede entregar de forma presencial, por correo u online. Los Tribunales de Justicia también pueden proponer un indulto al Gobierno, como dicta el artículo 20 de la Ley de 1870.\n\nAdemás, como ya te explicamos en _Maldita.es_ , el Gobierno también puede plantear y otorgar un indulto por decisión propia y de forma unilateral sin que se lo haya pedido ningún organismo o persona. Así lo recoge el artículo 21 de esta Ley, donde dice que “podrá también el Gobierno mandar formar el oportuno expediente [...] para la concesión de indultos que no hubiesen sido solicitados por los particulares ni propuestos por los Tribunales de Justicia”.\n\n*Artículo actualizado el 07/06/2021 con nuevas desinformaciones que circulan y que señalan que el PP indultó a Tejero.\n\n* Artículo actualizado el 25/02/2026 según la nueva metodología de _Maldita.es_.",
  "title": "Es falso que Tejero fuera indultado por el 23F: el Tribunal Supremo se posicionó a favor de la petición de una cofradía pero el Gobierno no se lo concedió"
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