El Gobierno da luz verde al nuevo Reglamento de Circulación: del casco obligatorio a la edad mínima para los patinetes
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June 23, 2026
El Gobierno ha dado este martes luz verde a la modificación del Reglamento General de Circulación con la que introduce cambios en la normativa de la DGT, con especial atención en los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes o las bicicletas. Entre las principales novedades, se establece a los 15 años la edad mínima para conducir patinetes, casco obligatorio también para las bicicletas y calzado cerrado en todo tipo de vías. La modificación del Reglamento se ha dado a conocer en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes. La ministra portavoz, Elma Saiz, ha celebrado que "son medidas pioneras que nos convierten en un país referente en seguridad vial". Entre estas, también se incluye el uso obligatorio de guantes para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías, por lo que el uso de sandalias en moto queda prohibido. En lo que concierne a los patinetes, a partir de ahora solo podrán hacer uso de estos quienes tengan 15 años o más. Además, los usuarios deberán llevar casco y chaleco reflectante cuando conduzcan de noche o en situaciones de escasa o nula visibilidad. Según el nuevo Reglamento, el incumplimiento de todo ello supone una infracción grave con sanción de 200 euros. Además, fuera de los núcleos urbanos, se permite la circulación de los VMP por vías separadas de los vehículos a motor, con vías ciclistas o carriles bici. Por su parte, en lo que respecta a las bicicletas, el uso del casco en vías interurbanas pasa a ser obligatorio. Además, quienes lleven a cabo su actividad profesional en bicicleta, como es el caso de los riders, deberán hacer uso en todo momento de casco y chaleco. En este caso, su incumplimiento también supone una infracción grave con sanción de 200 euros. No obstante, la normativa no afecta únicamente a los conductores de bicicletas, sino también a quienes circulen cerca de estas. De esta forma, quienes adelanten a un ciclista en vía interurbana deben reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite que tenga establecido esa vía. En el caso de calzadas con más de un carril por sentido, quien adelante deberá cambiar por completo de carril, además de dejar separación lateral de 1,5 metros. Por otra parte, en las vías urbanas los ciclistas deberán conducir preferentemente por el centro del carril y los conductores a motor deberán dejar separación mínima de cinco metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril. Asimismo, en vías urbanas de un solo carril con velocidad limitada a 30 kilómetros por hora o menos, la autoridad podría permitir la circulación de las bicicletas en ambos sentidos de circulación. Calzado cerrado para las motos y cinturón obligado para todos En otro orden de cosas, respecto a los motocicletas y ciclomotores, sus conductores pasan a estar obligados a llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. El...
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