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La regularización de migrantes, paso a paso: requisitos, plazos, contexto y bulos que tumbar

ElPlural.com - Diario digital progresista [Unofficial] April 14, 2026
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España ha dado este martes 14 de abril un paso adelante en los derechos de las personas migrantes que residen y trabajan en este país, después de que el Consejo de Ministros haya dado luz verde a la reforma del reglamento de la Ley de Extranjería en la que se incluye la regularización de en torno medio millón de personas extranjeras que viven en España. Con esta medida, introducida por el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones, aquellos migrantes que residen en nuestro país podrán adquirir derechos base como el acceso a los servicios públicos, contratos laborales regulado o también el pago de impuestos directos. Un avance que según ha reflejado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una carta a la ciudadanía, sirve para "reconocer la realidad de casi medio millón de personas que ya forman parte de nuestra vida cotidiana". Sin embargo, pese al aval del Consejo de Estado, son múltiples las preguntas que ahora se abren sobre la mesa, y también ingente la cantidad de bulos que tanto derecha como extrema derecha vienen arrojando sobre la medida. A razón de ello, conviene subrayar que la regularización se aplica únicamente a aquellos extranjeros que ya se encontraban en España antes del anuncio de la reforma de la norma, y no a las nuevas llegadas. Por ello, uno de los requisitos para poder solicitar la regularización es la acreditación de la estancia previa en España antes del 1 de enero de 2026. Asimismo, se exige una permanencia continuada mínima de 5 meses en el momento de la presentación de la solicitud. En esta línea de requisitos, también se incluye que se acredite la ausencia de antecedentes penales; lo que viene a tumbar otro de los bulos más sonados, que apuntaba a que esto no se exigía. Además, en lo que respecta a los solicitantes de protección internacional, será suficiente con haber presentado la solicitud antes del 1 de enero de 2026 y poder acreditarlo debidamente. Calendario y vías de presentación de la solicitud Con el objetivo de que las solicitudes puedan desarrollarse siguiendo un orden que no ponga en riesgo la buena prestación de servicios en los centros donde se tramitan, se han establecido las siguientes fechas y vías para poder presentar la solicitud. 15 de abril: Publicación del procedimiento en el Boletín Oficial del Estado (BOE) 16 de abril: Inicio de la tramitación telemática de solicitudes; se habilita también la solicitud de cita previa para atención presencial 20 de abril: Comienzo de la atención presencial, siempre con cita previa 30 de junio: Finaliza el plazo para la presentación de solicitudes En este punto, conviene matizar que se ha diseñado un operativo especial para dar cobertura a todas las solicitudes, de manera que hasta 450 oficinas trabajarán en la atención presencial. Por su parte, el servicio telemático estará disponible desde este jueves 16 de abril, las 24 horas del día durante los siete días de la semana. Además, se incorpora un plan de refuerzo de personal extraordinario con más...

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