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Fallo a favor de la AFA: la Cámara Civil convalidó el traslado de la sede a Pilar y anuló la veeduría

El Canciller - Somos una plataforma digital de actualidad y not… June 18, 2026
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La Cámara Nacional en lo Civil resolvió a favor de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y validó el traslado de su sede social a la localidad de Pilar. En ese marco, el tribunal declaró nula la resolución del ministerio de Justicia que había designado veedores en la entidad presidida por Claudio "Chiqui" Tapia, por lo que el ente que regula el fútbol queda fuera del ámbito de control de la Inspección General de Justicia (IGJ) con jurisdicción en la ciudad de Buenos Aires. La AFA había impugnado judicialmente esa intervención, que había solicitado la designación de veedores por supuestas "graves irregularidades" en sus procesos administrativos. La entidad sostuvo que la incorporación de funcionarios externos constituía una medida "ilegítima" y se adoptó con una "finalidad política ajena a la ley", argumentos que fueron tenidos en cuenta por la Cámara. El fallo declaró cancelada la inscripción de la AFA en el Registro Público a cargo de la IGJ y ordenó que los controles sobre la institución pasen a la órbita de la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires. Esa modificación obedeció al cambio de sede social resuelto en Asamblea durante 2024 y a la consecuente inscripción de la "Asociación del Fútbol Argentino" en la jurisdicción bonaerense. TE PODRÍA INTERESAR: La Justicia intimó a Cristina Kirchner y le advirtió que evitara actos que alteren la tranquilidad del barrio de Constitución Según el tribunal, "quedó definitivamente consolidado bajo este organismo el control de legalidad y las facultades de fiscalización sobre esta entidad", en referencia a la Dirección de Personas Jurídicas provincial, dependiente del gobierno de Axel Kicillof. Con esa afirmación, la Cámara enfatizó la prevalencia de la autoridad provincial en materia de registro y fiscalización cuando la sede social se ubica dentro de su jurisdicción. En su texto, la Cámara admitió las presentaciones de la AFA y declaró "la nulidad de la Resolución Particular 140/26 emitida por el Sr. Inspector General de Justicia el 18 de febrero de 2026 y por ende tener por cancelada la inscripción de la Asociación Civil – ‘Asociación del Fútbol Argentino’ del Registro Público a cargo de la Inspección General de Justicia". Además, sostuvo que la IGJ se erigió por encima de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas "desatendiendo no sólo un acto administrativo válido sino, a su vez, llevando a cabo facultades revisoras y/o fiscalizadoras, sobre su par". La Cámara señaló, asimismo, que "si un organismo público provincial emite un acto administrativo, en tanto no resulte impugnado, goza de la misma validez que los actos de los organismos nacionales o federales en su órbita de competencia". Sobre ese fundamento concluyó que "la IGJ carece de facultades revisoras respecto de las decisiones del Departamento de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos aires" y que, al no haber sido cuestionada su validez, el nuevo domicilio social que motivó el cambio de jurisdicción "goza de plena eficacia con sus consecuencias jurídicas".

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